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Sí importa el cuánto, pero también el cómo… pagar mejores beneficios

El Diario Venezuela - elDiario.com - Sí importa el cuánto, pero también el cómo… pagar mejores beneficios

Sí importa el cuánto, pero también el cómo… pagar mejores beneficios

TL;DR

  • La jurisprudencia venezolana, a través de sentencias del TSJ, ha flexibilizado la interpretación del pago salarial, reconociendo que no todo ingreso al trabajador constituye salario.
  • Se han validado pactos de exclusión salarial para bonos de "Calidad de Vida", beneficios de alimentación y ayuda de transporte, siempre que no simulen pagos regulares o tengan libre disponibilidad absoluta.
  • Para que un beneficio sea considerado no salarial, debe estar expresamente pactado por escrito, tener una denominación y objeto claros, y aparecer discriminado como "Conceptos No Salariales" en los recibos de pago.
  • El artículo 105 de la LOTTT fundamenta la naturaleza no salarial de beneficios sociales como la alimentación y el transporte, al atender necesidades específicas del trabajador y no ser una retribución directa por el servicio.