Entidades públicas deberán reportar multas e incumplimientos de contratistas del Estado
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TL;DR
- Colombia Compra Eficiente exige el reporte obligatorio de sanciones a contratistas por parte de entidades públicas.
- La Circular 002 de 2026 ordena informar sobre multas, incumplimientos, inhabilidades y sentencias condenatorias ante Cámaras de Comercio, Procuraduría y SECOP.
- Estudios revelaron un subregistro preocupante en el reporte de sanciones, generando riesgos para la integridad del sistema de compras públicas.
- La omisión en el reporte constituye causal de mala conducta y responsabilidad disciplinaria para funcionarios públicos.
- Los contratistas inhabilitados no podrán contratar con el Estado por períodos de tres o cinco años.
- El objetivo es aumentar la transparencia, el control y combatir la corrupción en los procesos de contratación estatal.