Elecciones 2026: descanso que deben recibir los jurados de votación y trabajadores que voten en Colombia
El beneficio por ser jurado de votación aplica en el sector público y privado, con plazos distintos.
TL;DR
- Los jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la jornada electoral.
- Los trabajadores que ejerzan sufragio tienen derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado dentro del mes siguiente a la votación.
- Ambos beneficios aplican tanto en el sector público como en el privado.
- Para reclamar el descanso, el trabajador debe presentar una certificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
- La negativa del empleador a otorgar el descanso puede acarrear sanciones por parte del Ministerio del Trabajo.